Clínica Veterinaria Diego Silva

Políticas y Condiciones de Atención Clínica Veterinaria Diego Silva S.A.

 

Artículo 1: La Clínica Veterinaria Diego Silva busca satisfacer las necesidades de salud de perros y gatos, que forman parte de las familias de nuestros clientes. Para ello la Clínica pondrá a disposición de nuestros clientes médicos veterinarios y funcionarios capacitados y comprometidos con el bienestar de los pacientes, conforme la lex Artis, Ley N° 21.020, sobre Tenencia Responsable de Animales y su reglamentación complementaria.

 

Artículo 2: De los Derechos y Deberes a las que deberán sujetarse los usuarios de la Clínica, y que rigen   durante   la   atención   medica   de mascotas en la Clínica Veterinaria, y los procesos de atención y  de funcionamiento de las diferentes áreas o unidades al interior de la misma.

 

Artículo 3: Todo paciente que ingrese a la clínica será de exclusiva responsabilidad de su dueño o tutor, si por cualquier motivo no se retirare paciente al término del procedimiento médico que se le realice y se dejara abandonado el mismo en las dependencias de la clínica veterinaria, se tomaran las acciones judiciales que correspondan en contra del dueño o tutor.

 

Artículo 4: Para acceder a la atención los dueños o tutores de un Paciente deberán presentar:

  1. Cédula Nacional de Identidad vigente, ser mayor de edad.
  2. Entregar un medio de contacto, ya sea número de teléfono fijo y/o celular y una dirección de correo electrónico para confirmar la atención.

De no ser presentados estos documentos y antecedentes no se podrá acceder a los servicios que se prestan en la clínica veterinaria, salvo en caso de urgencia, en tal situación los documentos anteriormente enunciados podrán ser acompañados por el dueño o tutor del paciente en un plazo máximo de 24 horas.

 

Artículo 5: Todo paciente que llegue a la consulta debe ingresar con algún medio de sujeción, de manera que se mantenga un permanente control sobre el paciente. En caso de los felinos, especialmente términos de seguridad y disminución del factor de estrés deben obligatoriamente Ingresar en contenedores de transporte: jaulas, bolsos, mochilas u otros similares, de no ser así no podrá ingresar.

 

Artículo 6: En caso de que el paciente sea agresivo, este debe ser contenido adecuadamente por el tutor o dueño, tratándose de caninos deberán portar un bozal, para así realizar el examen clínico y administración de fármacos en forma segura, sin poner en riesgo la integridad física del Médico tratante o la del mismo dueño o tutor, y si el Médico lo estima conveniente, se deberá realizar procedimiento de sedación con consentimiento del tutor. De no ser así este no será atendido bajo ninguna circunstancia.

 

Artículo 7: Al momento del ingreso del paciente, se le informará al dueño o tutor sobre los costos implicados en la atención médica que se realizará al paciente en el establecimiento y al finalizar la atención se generará una cuenta que deberá ser pagada por el dueño o tutor. Toda consulta médica ya sea la primera o control, debe ser pagada de acuerdo a los montos establecidos en por Clínica Veterinaria Diego Silva S.A.

 

Artículo 8: Cualquier riesgo, complicación y/o situación imprevista que se produjera durante la atención del paciente, generando una o más prestaciones adicionales no incluidas en el arancel pagado por la atención inicial, se sumarán al costo total del paciente respecto a todos los gastos de Clínica, ya sean por hospitalizaciones, intervenciones y/o procedimientos de cualquier naturaleza se evaluarán según cada situación por el médico tratante y/o médico de  turno de Clínica Veterinaria Diego Silva S.A.

 

Artículo 9: A todo paciente que reciba atención médica se le realizara una ficha clínica en donde se registraran los datos fisiológicos y morfológicos que indican la condición en que se encuentra este, junto a los datos personales de su dueño o tutor, es un documento que contiene datos sensibles y por lo tanto absolutamente confidenciales. La solicitud de información de la ficha clínica de cada paciente solo podrá ser solicitada por el dueño o tutor de este.

 

Artículo 10: Los datos ingresados de los pacientes, deben ser tratados de tal manera que se garantiza una seguridad adecuada de los mismos. La privacidad del paciente se refiere al derecho que tienen dueño o tutores de los pacientes de determinar cuándo, cómo y hasta donde se puede compartir su información médica con otras personas. Incluye el mantener la confidencialidad y el compartir datos identificatorios, conocidos como información médica protegida para tratar a los pacientes.

 

Artículo 11: Las horas serán reservadas vía web en la página de la Clínica,  vía telefónica, correo electrónico o presencial, será responsabilidad del dueño o tutor llamar para anular las horas solicitadas en caso de que no pueda asistir. El día de la consulta el paciente debe presentarse en la clínica con al menos 15 minutos previos a la hora reservada.

La hora agendada será respetada, hasta 10 minutos de atraso del paciente, posterior a este tiempo, el profesional podrá autorizar el ingreso de acuerdo a la disponibilidad de la agenda. Si no fuera posible la atención el paciente deberá reagendar la hora.

 

Obligaciones del cliente.

Artículo 12: Es deber exclusivo del dueño o tutor del paciente entregar al médico veterinario toda la información que posea respecto del Paciente  y que el profesional le solicite, evitando omitir información, aunque implique sacar a relucir su propio descuido, para así poder diagnosticar de la mejor forma al paciente a tratar.

 

Artículo 13: Durante el proceso de atención, es deber del dueño o tutor efectuar las consultas y preguntas que sean pertinentes para una adecuada comprensión respecto al diagnóstico, tratamiento, y otras indicaciones, y seguir las instrucciones del médico veterinario respecto de los tratamientos, suministro de medicamento en las cantidades y en los tiempos indicados.

 

Artículo 14: El paciente solo podrá ser acompañado de una persona que deberá ser exclusivamente el dueño o tutor dentro del box o cualquier otro recinto al interior de la clínica que indique el médico veterinario a cargo.

 

Artículo 15: El paciente que deba ser sometido a cirugía programada deberá llegar a la hora agendada, el dueño o tutor debe firmar el consentimiento informado quirúrgico y de anestesia, además de lo anterior deberá firmar al momento de retirar al paciente el Alta respectiva, en caso contrario se registrara como Alta No Programada. El no firmar el consentimiento informado será motivo de NO ingreso a pabellón.

 

Artículo 16: El ingreso al pabellón de cirugía es restringido salvo que exista autorización expresa del Médico Veterinario tratante.

 

Artículo 17: La entrega de información sobre el paciente, se realizará directamente en forma verbal al dueño o tutor responsable, a través del Médico Veterinario a cargo de los procedimientos que se están realizando o se hubieren realizado.

 

La Información diaria de pacientes hospitalizados, INDIPHOS, cuyo objetivo es informar al tutor de los aspectos relevantes de la evolución de su mascota, se realizará por el enfermero quien informa telefónicamente, en su defecto envía la información por WhatsApp y correo electrónico registrados.

 

Si el dueño o tutor solicita la epicrisis y/o ficha de hospital del paciente por escrito,  clínica veterinaria Diego silva tiene un plazo de 5 días hábiles para hacer entrega de esta información a través de dos vías: 1. Correo electrónico del tutor, entregado al momento de inscripción del paciente. 2. Retiro del informe por escrito por parte del tutor. En este acto, debe presentar su cedula de identidad y firmar registro de entrega del documento.

 

Artículo 18: Por normas de seguridad queda prohibido el Ingreso y uso de medicamentos personales durante la estadía en la clínica veterinaria, salvo expresa autorización del Médico Veterinario tratante, en cuyo caso los medicamentos serán administrados por el equipo Médico.

 

Artículo 19: El dueño o tutor debe recoger y limpiar las necesidades fisiológicas del paciente (orina y heces) en la sala de espera y patio de la clínica veterinaria.

 

Obligaciones del médico veterinario con arreglo a las normas de una seria deontología veterinaria y a la “lex artis”.

Artículo 20:  El médico veterinario debe ser diligente en el servicio que presta, utilizando todos los conocimientos que posee, desplegando en su actuar sus destrezas, habilidades y experiencia, aplicando todas las técnicas y métodos que conoce para mantener y resguardar la salud e integridad del animal.

 

Artículo 21:  El médico veterinario debe realizar el examen clínico; ordenar la realización de exámenes tales como radiografías, ecografías, toma de muestras, biopsias, etc;  y se debe aproximar a un diagnóstico en base a la información obtenida; brindar el tratamiento adecuado; prescribir los medicamentos necesarios; proveer los cuidados necesarios al paciente que se encuentre bajo su tratamiento, realizar curaciones, chequeo de signos vitales, proporcionarle alimento y habitación, entre otros; practicar las intervenciones solicitadas tales como esterilización, vacunación, desparasitación, cirugías estéticas, preventivas o curativas, por mencionar algunas.

 

Artículo 22: Obligación de informar, explicarle al cliente, de forma clara y precisa, las posibilidades de éxito y fracaso del tratamiento y de las intervenciones, junto con los peligros y riesgos que puedan afectar su labor, junto con sus propias capacidades y su calidad o no de especialista.

 

De Las Prohibiciones

Artículo 23: El dueño o tutor del paciente debe cuidar y resguardar las instalaciones de la Clínica Veterinaria, cualquier daño a las mismas debe ser debidamente indemnizado.  La Clínica se reserva el derecho de ejercer las acciones pertinentes ante los tribunales de justicia competentes.

 

Artículo 24: Queda estrictamente prohibido el consumo de drogas ilícitas, alcohol y tabaco al interior de la clínica veterinaria y en los espacios de ingreso y estacionamiento de esta, el personal estará facultado para solicitarle al mismo que se retire de la clínica y suspender la atención de su paciente.

 

Artículo 25: Los dueños o tutores de los pacientes que se encuentren al interior de la clínica no podrán ocasionar ruidos molestos, de ocasionarlos el personal estará facultado para solicitarle al mismo que se retire de la clínica y suspender la atención de su paciente.

 

Artículo 26: Queda estrictamente prohibido para los dueños o tutores de mascota que vienen a atenciones médicas u otras personas con o sin mascotas que no vienen a atenciones médicas y que acompañan a los tutores, y que concurran al interior de la clínica veterinaria, grabar o tomar imágenes dentro del recinto, al personal o a los pacientes de esta, sin el consentimiento expreso de la Clínica, dicho consentimiento deberá ser solicitado al Médico Veterinario de turno de forma escrita.

 

Artículo 27: El dueño o tutor del paciente debe respetar la privacidad de los demás pacientes y hacer abandono de las instalaciones cuando el personal de la clínica se lo solicite.

 

Artículo 28: El dueño o tutor del paciente debe respetar las áreas restringidas y quirúrgicas dentro de la clínica. Esta medida persigue proteger y dar mayor seguridad en la atención en relación a las infecciones asociadas a la atención de salud.

 

Artículo 29: Cualquier maltrato de hecho o palabra al personal por parte de dueños o tutores del paciente será causal de prohibición del ingreso al recinto definitivamente. La Clínica se reserva el derecho de denunciar agresiones físicas y/o verbales a su personal ante los tribunales de justicia competentes.

 

Artículo 30: El uso de celulares u cualquier otro dispositivo de grabación queda prohibido en los pabellones quirúrgicos y en los box de atención mientras el paciente se encuentre recibiendo prestaciones médicas por parte del equipo de la clínica veterinaria.

 

Misceláneas

Artículo 31: Buena Reputación y Prestigio. Las Partes acuerdan que no incurrirán en conductas que ocasionen daños o perjuicios a la otra, o en acciones que en cualquier forma puedan poner en peligro la buena reputación y prestigio de la otra parte, actuando en todo momento con absoluta buena fe.

 

Artículo 32: La Clínica NO se hará responsable por perdidas al interior del recinto, en el caso de que algún paciente ingrese con algún bien material a recibir la correspondiente atención será deber del dueño o tutor solicitarlo al momento de retirarse de la misma.

 

Artículo 33: El Cliente autoriza expresa e irrevocablemente a la Sociedad Clínica Veterinaria Diego Silva S.A., para grabar, capturar y registrar su imagen y audio, y la de su mascota, mediante cualquier sistema fotográfico o audiovisual apto para ello, mientras se encuentre en instalaciones de la clínica, sus estacionamientos o en sus inmediaciones.

 

Reclamos y Solución de Conflictos

Artículo 34: Ante CUALQUIER DISPUTA O DIFERENCIA que se suscite entre el cliente y la Clínica, el reclamo respectivo deberá realizarse por escrito dirigido a la siguiente dirección de correo electrónico: comunicaciones@cvds.cl, o en el libro de reclamos de la Clínica, donde el reclamante deberá consignar un correo electrónico y teléfono de contacto. Clínica Veterinaria Diego Silva, tendrá un plazo de 10 días hábiles para responder dicho reclamo, y hacer los descargos que sean del caso.

 

Domicilio

Artículo 35: Se fija como domicilio en la comuna de Santiago para todos los efectos legales, judiciales y contractuales derivados del presente acuerdo.

 

Beatriz Trujillo Espinoza.

Representante Legal

CLINICA VETERINARIA DIEGO SILVA S.A

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